Legislador negativo

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Este aviso fue puesto el 24 de enero de 2009.

Un legislador negativo es un concepto derivado del Derecho constitucional que hace referencia a un órgano que, si bien no tiene poder para promulgar una ley, sí que tiene capacidad para derogarla.

El término se suele aplicar al caso del Tribunal Constitucional, u otro órgano en un país con capacidad de revisar la actuación del poder legislativo y su adecuación a la Constitución. El motivo es que ese órgano, de acuerdo al modelo kelseniano, no puede crear leyes pero, en el caso de que entienda que una de las promulgadas vulnera lo dispuesto en la Constitución, tiene poder para expulsarla del ordenamiento jurídico, derogándola total o parcialmente, por ser inconstitucional.

Véase también

  • Ver el portal sobre Derecho Portal:Derecho. Contenido relacionado con Derecho.

Enlaces externos

  • Ollero Tapia, Andrés (13 de diciembre de 2010). «Legislador negativo». ABC. Consultado el 25 de diciembre de 2015. 
  • Fernández Segado, Francisco. «El Tribunal Constitucional español como legislador positivo». Pensamiento Constitucional, 40 (15). Consultado el 25 de diciembre de 2015. 
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